Freddy Llanquin Herrera

Freddy Llanquin  Herrera

Freddy Llanquin Herrera.

Forma de Término del Caso: Absolución

Región: Metropolitana

Fecha Inicio Causa: 23/07/2015

Fecha Exoneración: 23/01/2018

Nombre del Defensor: Cristian Mardones

Exonerado Indemnizado: No

Causa del Error: Identificación Errónea

Verdadero Autor: Sí.

Tiempo en Prisión Preventiva: 916 días (2 años 6 meses).

Hechos por los que fue formalizado:

El 20 de mayo de 2015, alrededor de las 23:45 horas en Huechuraba, Freddy Llanquin, junto a Juan Carlos Llanquin y otra persona no identificada, fue acusado de agredir a Patricio Rojas con un arma blanca, causándole la muerte. Los hechos ocurrieron en una plaza donde la víctima estaba con amigos cuando los acusados llegaron en una camioneta, dispararon al aire y apuñalaron a la víctima.

Calificación Jurídica:

Homicidio simple, artículo 391 N° 2 del Código Penal.

Detención del Imputado:

Freddy Llanquin fue detenido el 22 de julio de 2015 en Los Andes, en virtud de una orden de detención.

Fundamentos del Tribunal para Dictar la Sentencia Absolutoria:

I. Reconocimientos Fotográficos Deficientes:

El tribunal identificó múltiples deficiencias en los procedimientos de reconocimiento fotográfico realizados por la PDI, los cuales fueron fundamentales para vincular a Freddy Llanquin con el crimen. Estas deficiencias incluyeron la falta de descripciones físicas previas de los imputados por parte de los testigos y la inclusión indebida de fotografías de Freddy Llanquin en los sets de reconocimiento, lo que generó dudas sobre la veracidad y seriedad de estos procedimientos.

  • Informe Policial 3591/702 de la PDI: El testigo Camilo Soffia, Oscar Soffia y Engelbert Kindley realizaron reconocimientos sin proporcionar previamente las características físicas de los agresores.
  • Actas de Reconocimiento: Las actas no incluían descripciones de los imputados, y las identificaciones realizadas eran inconsistentes y poco confiables. Por ejemplo, dos testigos reconocieron a Nelson Torres Cancino, pero la fotografía de Freddy Llanquin fue incluida en las actas sin justificación clara.

II. Reconocimiento Inductivo en el Juicio:

El tribunal también señaló que el reconocimiento de Freddy Llanquin realizado por la testigo Catalina Flores Toro durante el juicio fue inductivo y carecía de antecedentes previos que lo respaldaran, como descripciones físicas o diligencias previas durante la investigación.

III. Declaraciones del Co-Imputado Juan Carlos Llanquin:

Juan Carlos Llanquin, co-imputado en el caso, descartó la participación de su hermano Freddy y señaló a Julio Torres Herrera como el autor de las puñaladas a Patricio Rojas. Además, una testigo de la defensa corroboró la presencia de Juan Carlos y Julio Torres juntos la noche del crimen.

Conclusiones del Tribunal:

El tribunal concluyó que la inclusión de Freddy Llanquin en la investigación fue el resultado de procedimientos de reconocimiento fotográfico deficientes y rumores infundados sobre la participación de los hermanos Llanquin en el crimen. Además, se criticó la falta de seriedad y prolijidad en la investigación policial, lo que afectó la credibilidad de las pruebas presentadas por la fiscalía.

  • Fallo del Tribunal: "El gran pecado de Freddy Llanquin Herrera, tomando como base la declaración del encargado de este procedimiento investigativo, el detective Jorge Muñoz Rojas, fue figurar en el sistema Equifax, como pariente de Juan Carlos Llanquin Herrera, al igual que el señor Manuel Cortés Herrera, desde donde se obtuvo la red familiar del vecino Juan Carlos, que motivó la inclusión de las fotografías de Freddy y Manuel Cortés, en los Sets de reconocimientos fotográficos."

Fundamentos del Tribunal: Resolución de Sobreseimiento Definitivo de Fecha 10/05/2018:

Mérito de los antecedentes aportados por la defensa (video) Se sobresee conforme al artículo 250 letra b) del CPP.

Otros Antecedentes:

  • El verdadero autor Juan Carlos Llanquin fue condenado a la pena de cinco años y un día como autor del delito de homicidio.
  • Freddy Llanquin no tiene condenas anteriores o posteriores.

Esta sentencia absolutoria demuestra la importancia de un debido proceso y la necesidad de procedimientos investigativos rigurosos y confiables para asegurar la justicia y evitar condenas erróneas.