Julio Espinoza Caniumil.
Forma de Término del Caso: Absolución
Región: Lib. Gral. Bernardo O`Higgins
Fecha Inicio Causa: 18/06/2018
Fecha Exoneración: 25/06/2022
Nombre del Defensor: Navai Valdivia Lagos
Exonerado Indemnizado: No
Causa del Error: Error pericial o ciencia limitada
Verdadero Autor: No
Tiempo en Prisión Preventiva: 14 meses
Un hombre de 30 años pasó cuatro meses en prisión preventiva tras ser acusado de violar a una joven de 18 años en Ñuñoa. Luego de una investigación, que incluyó un examen de ADN, se demostró su inocencia.
Durante 129 días, Eduardo Molina estuvo detenido en Santiago 1, siempre manteniendo su inocencia. La acusación, realizada en septiembre de 2017, se basó en el testimonio de una joven que afirmó haber sido abusada sexualmente por un hombre que ingresó a su casa en Ñuñoa. Eduardo, quien trabajaba como cuidador de autos en el barrio, fue identificado mediante una supuesta identificación fotográfica y detenido, permaneciendo en prisión mientras se esperaban los resultados del examen de ADN.
Los hechos por los que fue formalizado:
El 23 de noviembre de 2016, alrededor de las 10 de la mañana, la víctima, de iniciales C.D.C.M., se encontraba durmiendo en su domicilio en Ñuñoa cuando un hombre ingresó por la parte posterior del departamento, la intimidó con un cuchillo y la trasladó al baño, donde procedió a abusarla sexualmente antes de huir del lugar.
El Ministerio Público formalizó a Eduardo Molina por el delito de violación, solicitando prisión preventiva, que se decretó el 17 de septiembre de 2017.
La detención:
La denuncia se presentó el 23 de noviembre de 2016, sin sospechosos identificados inicialmente. Se obtuvieron restos orgánicos del autor del delito en el sitio del suceso y en la víctima, los cuales fueron guardados para un posterior cotejo de ADN.
El 1 de diciembre de 2016, la víctima presentó una querella criminal mencionando a Eduardo Molina como el posible autor del delito, basado en rumores del barrio. Posteriormente, el 24 de julio de 2017, la víctima declaró haber reconocido al autor mientras viajaba en un bus de la locomoción colectiva. La fiscalía ordenó un reconocimiento fotográfico, y la víctima identificó a Eduardo Molina como el perpetrador.
Con base en esta identificación, se solicitó una orden de detención, que fue concedida por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago el 15 de septiembre de 2017. Eduardo Molina fue detenido y se decretó su prisión preventiva el 17 de septiembre de 2017.
La defensa:Eduardo Molina siempre mantuvo su inocencia. Se autorizó la toma de muestras de ADN y, el 25 de enero de 2018, se realizó una audiencia de revisión de medidas cautelares. El imputado quedó en libertad sin medidas cautelares, luego de que un informe del Servicio Médico Legal excluyera a Eduardo Molina como contribuyente de la huella genética encontrada en la víctima.Dos individuos, quienes utilizaban armas de fuego y cometían robos con violencia en viviendas de San Pedro de la Paz, fueron detenidos por la Brigada Investigadora de Robos (BIRO) de la PDI. Los delitos se cometieron en sectores como Boca Sur y Candelaria, donde ingresaban a los domicilios violentamente, intimidando a las víctimas con armas de fuego para sustraer sus pertenencias.
El jefe de la BIRO Concepción, subprefecto Hugo Chávez, señaló que "ambos imputados, uno de ellos con antecedentes policiales y judiciales, aprovechaban la nocturnidad para cometer los delitos. Las víctimas eran sorprendidas en sus domicilios y bajo amenazas, les sustraían diversas especies".
El trabajo investigativo permitió establecer la identidad de los involucrados, logrando la detención de uno en su domicilio y el otro en la vía pública, mientras transitaba en el vehículo utilizado para los delitos. "Se incautaron diversas especies robadas y dos armas de fuego, una de ellas adaptada para disparar", agregó el subprefecto Chávez.
Los detenidos, identificados como J.L.R.G. y S.E.M.V., fueron puestos a disposición del Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, donde se decretó la prisión preventiva mientras se lleva a cabo la investigación.
Finalmente, la PDI hizo un llamado a la comunidad a denunciar cualquier hecho delictivo y a tomar medidas de seguridad para prevenir ser víctimas de robos.
Pintor absuelto tras cuatro años de proceso judicial por falsa acusación de abuso sexual
Julio Espinoza, un pintor de 38 años de San Francisco de Mostazal, fue absuelto de los cargos de abuso sexual contra su hija de cuatro años, tras un proceso judicial que duró cuatro años. La acusación se originó en un preescolar donde la niña asistía y se detectaron signos de falta de control de esfínteres e irritaciones genitales, lo que llevó a sospechas de abuso sexual.
Las profesoras del preescolar notaron estos síntomas y la psicóloga del establecimiento, utilizando el método "juego de muñecos", entrevistó a la niña. Durante estas sesiones, la menor identificó a su padre como "el monstruo" y mencionó dolor en la zona genital. Con estos antecedentes, la directora del colegio denunció a Julio ante el Ministerio Público.
Julio, desconocedor de la denuncia, fue detenido tras acercarse voluntariamente al Ministerio Público para indagar sobre la visita de la Policía de Investigaciones a la casa de su madre. La madre de la niña informó que la menor sufría de estreñimiento e infecciones urinarias recurrentes, pero el informe del Servicio Médico Legal (SML) indicó evidencia de abuso sexual.
La familia de Julio contrató psicólogos y médicos particulares que refutaron el informe del SML, asegurando que la niña no había sido abusada. A pesar de esto, Julio fue formalizado el 18 de junio de 2018 y se le impuso prisión preventiva en el Tribunal de Garantía de Graneros, siendo trasladado a la cárcel de Rancagua.
Tras 13 meses en prisión, el tribunal cambió la medida cautelar a arresto domiciliario total en julio de 2019, y posteriormente a arresto domiciliario parcial en septiembre del mismo año. Finalmente, cuatro años después de la formalización, el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua declaró la inocencia de Julio Espinoza, destacando los errores cometidos por los agentes del Estado, en particular del SML.
Hechos por los que se le acusó (según parte policial)
Julio Espinoza fue acusado de realizar tocaciones y penetración a su hija en su domicilio durante el año 2018. El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos de violación de menor de 14 años y abuso sexual.
Fundamentos del tribunal para dictar la sentencia absolutoria
Respecto al delito de violación, la imputación se basó exclusivamente en la evaluación sexológica de la médico forense Kelly Caballero. Sin embargo, la metapericia realizada por la Dra. Flora Cerda Aguilar desvirtuó esta evaluación, indicando que la lesión anal observada podía deberse a estreñimiento, y no a abuso sexual.
En cuanto al delito de abuso sexual, los testimonios de la madre, familiares, profesores y psicólogos no corroboraron un relato consistente de abuso por parte del padre. Se demostró que la niña sufría infecciones urinarias que explicaban los síntomas observados en el colegio. Además, se identificaron errores en la metodología utilizada por la psicóloga del colegio y en la pericia del SML.
El tribunal concluyó que no existía un relato coherente y persistente que confirmara el abuso sexual por parte de Julio Espinoza, y absolvió al acusado de todos los cargos.