Francisco Molina y Matías Aguilera

Francisco Molina y  Matías Aguilera

Francisco Molina y Matías Aguilera.

Forma de Término del Caso: Sobreseimiento por Inocencia

Región: Biobío

Fecha Inicio Causa: 06/09/2019

Fecha Exoneración: 28/07/2020

Nombre del Defensor: Andrea Romero Jara

Exonerado Indemnizado: No

Causa del Error: Mala conducta de agentes del Estado

Verdadero Autor: No

Tiempo en Prisión Preventiva: 7 días Matías Aguilera y 6 días Francisco Molina

Francisco Molina y Matías Aguilera fueron detenidos el 6 y 7 de septiembre de 2019, respectivamente, luego de que fueran sindicados como autores de un robo con violencia o intimidación ocurrido la madrugada del 31 de mayo de 2019 que afectó a Pedro Cid Isla y su grupo familiar en la comuna de Los Ángeles.

Su identificación como los presuntos autores se produjo luego de que uno de los miembros de la familia reconociera únicamente por la voz a Francisco Molina dado que jugaban juntos al futbol, lo que llevó a que realizara una revisión de sus redes sociales y al mostrarle fotos de los contactos que éste mantenía en dicha red social a su familia, reconocieran a Matías Aguilera y otras tres personas como partícipes del hecho, ello a pesar de que en las declaraciones que prestaron el día de los hechos entregaron características vagas y genéricas de los imputados.

En conocimiento de las identificaciones realizadas por las víctimas a través de la revisión de las redes sociales, el Ministerio Público instruyó la realización de una diligencia de reconocimiento conforme a los protocolos interinstitucionales, oportunidad en la que todas las víctimas identificaron a al menos uno de los supuestos involucrados. Sin embargo, en algunos casos, reconocieron a sujetos diversos a los referidos en sus declaraciones.

En base a los antecedentes referidos, Matías Aguilera y Francisco Molina, junto con los otros tres presuntos involucrados, fueron detenidos y formalizados los días 6 y 7 de septiembre de 2019, oportunidad en la que además se les impuso la prisión preventiva a pesar de la oposición de defensa y los cuestionamientos que levantó en torno a la diligencia de reconocimiento dado que se había concretado luego de que las víctimas identificaran a los supuestos responsables a través de redes sociales.

El 14 de septiembre de 2019, la Corte de Apelaciones de Concepción puso fin a la prisión preventiva al estimar que no existían elementos permitieran presumir fundadamente la participación pues los antecedentes que fundaron la petición habían sido obtenidos casi en forma exclusiva de actividades realizadas por las propias víctimas y sus familiares. Estas actividades posteriores evidenciaron una serie de incongruencias entre las declaraciones que prestaron al momento de ocurrir los hechos y los reconocimientos que se produjeron posteriormente, pues en un inicio señalaron no conocer a los autores sin dar características físicas particulares para luego y sólo después de realizada una búsqueda por redes sociales, modificar el relato y reconocer a los perpetradores.

También -dice la sentencia- hubo una ausencia de actividades investigativas del Ministerio Público pues se limitó a validar las acciones realizadas por las víctimas a través de nuevos reconocimientos con las formalidades del protocolo interinstitucional y no se encontraron las especies sustraídas en los domicilios de los imputados.

Sin realizar nuevas diligencias que permitieran sustentar la participación de los presuntos involucrados, el 12 de marzo de 2020 el Ministerio Público comunicó la decisión de no perseverar en el procedimiento, mientras que la defensa de Francisco Molina y Matías Aguilera solicitó se decretara el sobreseimiento definitivo en base a lo dispuesto el artículo 250 letra b) del Código Procesal Penal, por inocencia de los imputados, petición que fue concedida en audiencia celebrada el 28 de julio de 2020, sin que el Ministerio Público recurriera de dicha decisión. Respecto de los demás afectados, se mantuvo la decisión de no perseverar.